Econom’a y Pol’tica
En la mira. Centrarse en los
grandes casos de evasi—n permitir‡ a los cuatros fiscales dedicados a los casos
tributarios una mayor profundidad de investigaci—n, dijo Guillermo Hern‡ndez,
fiscal adjunto de Delitos Econ—micos.
RAFAEL
PACHECO archivo GN / PARA EF
Fiscal’a
apunta a grandes evasores
Reformas al C—digo Tributario elevar’a el umbral del fraude fiscal de 200 a 500 salarios base
Edici—n 840
Ir por
los peces grandes de la evasi—n fiscal es el objetivo que persiguen los cambios
en la definici—n del fraude contemplados en el proyecto de ÒLey de
fortalecimiento de la gesti—n tributariaÓ.
Entre
las reformas que el texto hace al C—digo de Normas y Procedimientos
Tributarios, el cual establece los procedimientos sobre c—mo audita la
Administraci—n Tributaria y sus facultades, est‡ elevar el umbral de los casos
que ingresan a la v’a penal de 200 salarios base (¢66 millones) a 500 salarios
base (¢165 millones).
Limitar
el nœmero de casos que la Administraci—n Tributaria trasladar’a a los cuatros
fiscales encargados de delitos fiscales en el Ministerio Pœblico tal vez les
permitir’a elevar el rŽcord de los acusadores del Estado.
ÒLo m‡s
importante es fijar las penas; y definir claramente quŽ es grave, quŽ es fraude
y desfalco para que la Fiscal’a pueda presentar acusaciones que no se le caigan
a la hora del juicioÓ, dijo Patricia PŽrez, presidenta de la C—misi—n de Econ—micos.
El
proyecto ya fue dictaminado afirmativamente por la mayor’a de los miembros de
la Comisi—n de Asuntos Econ—micos y se enrumba hacia el plenario para su
discusi—n final y votaci—n.
Mala nota
Hasta el
momento no hay mucho de quŽ presumir. Durante los œltimos cinco a–os, la
Fiscal’a realiz— 30 acusaciones en casos de presuntos delitos tributarios (no
se incluyen aquellos de naturaleza aduanal). Pero solo ha logrado dos
condenatorias.
Otros 10
casos indagados por el Ministerio Pœblico no llegaron a etapa de juicio, pues
la Administraci—n Tributaria y la Procuradur’a sellaron acuerdos de
compensaci—n con el investigado.
ÒEste
a–o, la caja œnica del Estado ha recibido m‡s de ¢5.000 millones como
consecuencia de negociaciones en causas penales investigadas por el Ministerio
Pœblico, pero que no llegaron a estapa de juicio por
acuerdos de los —rganos del Poder EjecutivoÓ, explic— Juan Carlos Castillo,
fiscal coordinador de la Fiscal’a Adjunta de delitos econ—micos, tributarios y
legitimaci—n de capitales.
Mejor plata que
c‡rcel
Pese a
que la reforma le permitir‡ a la Fiscal’a concentrarse en los grandes evasores,
no necesariamente tendr‡n un impacto positivo en los nœmeros de acusaciones y
condenas.
Actualmente,
recuperar algo del dinero que el fisco dej— de percibir es suficiente para el
Estado, que prefiere negociar con el supuesto infractor.
30
acusaciones por delitos tributarios presentadas por la Fiscal’a
desde el 2006.
2
Condenas que logr— la Fiscal’a de Delitos Econ—micos en los
œltimos cinco a–os.
500
Salarios base para que una irregularidad tributaria se convierta
en delito.
ÒEn los
œltimos a–os no hemos sido productivos, pero es que no podemos serlo cuando
tenemos un interŽs de la Administraci—n Tributaria en recuperar el dinero. ÀQuŽ
le interesa, el dinero o meter al tipo a la c‡rcel?Ó, coment— Guillermo
Hern‡ndez, fiscal adjunto.
Aunque
esta pol’tica de acuerdos cuenta con la venia de la Fiscal’a, no es del total
agrado de Francisco Villalobos, director general de Tributaci—n Directa.
Si bien
la pol’tica ha engordado la billetera del Estado en momentos de creciente
dŽficit fiscal; elimina la capacidad del uso del proceso penal como instrumento
disuatorio.
Temor a
arbitrariedades
Ampliar
hasta irregularidades por ¢165 millones el espectro de acci—n de la v’a
administrativa tampoco es del agrado de los expertos en materia tributaria,
como los consultores de Deloitte.
En la
v’a administrativa es el contribuyente, quien debe aportar las pruebas que
demuestren su correcto accionar y que convenzan a los auditores de la
Administraci—n Tributaria.
En
cambio, en los procesos penales, el Ministerio Pœblico es el que corre con la
responsabilidad de probar que existi— dolo y perjuicio por parte del
contribuyente, m‡s all‡ de duda.
ÒLa
Administraci—n se rige por principios diferentes en su fiscalizaci—n, asume
cosas que no se pueden asumir en un proceso penal. En un proceso judicial no
juegan elucubraciones en las que se presume que un contribuyente ten’a que
haberle cobrado un margen determinado a una empresaÓ, explic— Rafael Gonz‡lez,
socio de impuestos de Deloitte.
Precisamente
estas divergencias en las naturalezas de ambos tipos de investigaci—n en el
pasado daban al traste con varios casos asumidos por la Fiscal’a en caso de
evasi—n.
Desde
enero, los fiscales trabajan junto a los auditores en la correcta obtenci—n de
las prueba.
Adem‡s
de que la reforma sortee los escollos legislativos, la Fiscal’a deber‡ contar
con el apoyo de los —rganos del Poder Ejecutivo para cambiar la actual pol’tica
y dedicarse a investigar solo a grandes evasores. De lo contrario, los fiscales
seguir‡n perdiendo el partido por marcadores como el 28 a 2 de la actualidad.
Delimitaci—n
Las
reformas contenidas en el proyecto ÒLey de fortalecimiento de la gesti—n
tributariaÓ tienen como objetivo que la Fiscal’a se concentre en la
investigaci—n de grandes evasores.
M‡s
alas a la Administraci—n Tributaria :Se traslada la mayor’a de los casos de fraude a la
v’a administrativa para su persecuci—n, adecuando los tipos administrativo y
penal, y facultando a la Administraci—n Tributaria para suscribir acuerdos de
intercambio internacional de informaci—n.
Acci—n
u omisi—n :
Se aclara que la defraudaci—n puede cometerse tanto por acci—n como por
omisi—n.
Nuevo
umbral :Se
propone aumentar el umbral de punibilidad a 500 salarios base. As’ se reducen
los tiempos del tr‡mite de la acci—n penal.
Econom’a y Pol’tica
En la mira. Centrarse en los
grandes casos de evasi—n permitir‡ a los cuatros fiscales dedicados a los casos
tributarios una mayor profundidad de investigaci—n, dijo Guillermo Hern‡ndez,
fiscal adjunto de Delitos Econ—micos.
RAFAEL
PACHECO archivo GN / PARA EF
Fiscal’a
apunta a grandes evasores
Reformas al C—digo Tributario elevar’a el umbral del fraude fiscal de 200 a 500 salarios base
Edici—n 840
Ir por
los peces grandes de la evasi—n fiscal es el objetivo que persiguen los cambios
en la definici—n del fraude contemplados en el proyecto de ÒLey de
fortalecimiento de la gesti—n tributariaÓ.
Entre
las reformas que el texto hace al C—digo de Normas y Procedimientos
Tributarios, el cual establece los procedimientos sobre c—mo audita la
Administraci—n Tributaria y sus facultades, est‡ elevar el umbral de los casos
que ingresan a la v’a penal de 200 salarios base (¢66 millones) a 500 salarios
base (¢165 millones).
Limitar
el nœmero de casos que la Administraci—n Tributaria trasladar’a a los cuatros
fiscales encargados de delitos fiscales en el Ministerio Pœblico tal vez les
permitir’a elevar el rŽcord de los acusadores del Estado.
ÒLo m‡s
importante es fijar las penas; y definir claramente quŽ es grave, quŽ es fraude
y desfalco para que la Fiscal’a pueda presentar acusaciones que no se le caigan
a la hora del juicioÓ, dijo Patricia PŽrez, presidenta de la C—misi—n de Econ—micos.
El
proyecto ya fue dictaminado afirmativamente por la mayor’a de los miembros de
la Comisi—n de Asuntos Econ—micos y se enrumba hacia el plenario para su
discusi—n final y votaci—n.
Mala nota
Hasta el
momento no hay mucho de quŽ presumir. Durante los œltimos cinco a–os, la
Fiscal’a realiz— 30 acusaciones en casos de presuntos delitos tributarios (no
se incluyen aquellos de naturaleza aduanal). Pero solo ha logrado dos
condenatorias.
Otros 10
casos indagados por el Ministerio Pœblico no llegaron a etapa de juicio, pues
la Administraci—n Tributaria y la Procuradur’a sellaron acuerdos de
compensaci—n con el investigado.
ÒEste
a–o, la caja œnica del Estado ha recibido m‡s de ¢5.000 millones como
consecuencia de negociaciones en causas penales investigadas por el Ministerio
Pœblico, pero que no llegaron a estapa de juicio por
acuerdos de los —rganos del Poder EjecutivoÓ, explic— Juan Carlos Castillo,
fiscal coordinador de la Fiscal’a Adjunta de delitos econ—micos, tributarios y
legitimaci—n de capitales.
Mejor plata que
c‡rcel
Pese a
que la reforma le permitir‡ a la Fiscal’a concentrarse en los grandes evasores,
no necesariamente tendr‡n un impacto positivo en los nœmeros de acusaciones y
condenas.
Actualmente,
recuperar algo del dinero que el fisco dej— de percibir es suficiente para el
Estado, que prefiere negociar con el supuesto infractor.
30
acusaciones por delitos tributarios presentadas por la Fiscal’a
desde el 2006.
2
Condenas que logr— la Fiscal’a de Delitos Econ—micos en los
œltimos cinco a–os.
500
Salarios base para que una irregularidad tributaria se convierta
en delito.
ÒEn los
œltimos a–os no hemos sido productivos, pero es que no podemos serlo cuando
tenemos un interŽs de la Administraci—n Tributaria en recuperar el dinero. ÀQuŽ
le interesa, el dinero o meter al tipo a la c‡rcel?Ó, coment— Guillermo
Hern‡ndez, fiscal adjunto.
Aunque
esta pol’tica de acuerdos cuenta con la venia de la Fiscal’a, no es del total
agrado de Francisco Villalobos, director general de Tributaci—n Directa.
Si bien
la pol’tica ha engordado la billetera del Estado en momentos de creciente
dŽficit fiscal; elimina la capacidad del uso del proceso penal como instrumento
disuatorio.
Temor a
arbitrariedades
Ampliar
hasta irregularidades por ¢165 millones el espectro de acci—n de la v’a
administrativa tampoco es del agrado de los expertos en materia tributaria,
como los consultores de Deloitte.
En la
v’a administrativa es el contribuyente, quien debe aportar las pruebas que
demuestren su correcto accionar y que convenzan a los auditores de la
Administraci—n Tributaria.
En
cambio, en los procesos penales, el Ministerio Pœblico es el que corre con la
responsabilidad de probar que existi— dolo y perjuicio por parte del
contribuyente, m‡s all‡ de duda.
ÒLa
Administraci—n se rige por principios diferentes en su fiscalizaci—n, asume
cosas que no se pueden asumir en un proceso penal. En un proceso judicial no
juegan elucubraciones en las que se presume que un contribuyente ten’a que
haberle cobrado un margen determinado a una empresaÓ, explic— Rafael Gonz‡lez,
socio de impuestos de Deloitte.
Precisamente
estas divergencias en las naturalezas de ambos tipos de investigaci—n en el
pasado daban al traste con varios casos asumidos por la Fiscal’a en caso de
evasi—n.
Desde
enero, los fiscales trabajan junto a los auditores en la correcta obtenci—n de
las prueba.
Adem‡s
de que la reforma sortee los escollos legislativos, la Fiscal’a deber‡ contar
con el apoyo de los —rganos del Poder Ejecutivo para cambiar la actual pol’tica
y dedicarse a investigar solo a grandes evasores. De lo contrario, los fiscales
seguir‡n perdiendo el partido por marcadores como el 28 a 2 de la actualidad.
Delimitaci—n
Las
reformas contenidas en el proyecto ÒLey de fortalecimiento de la gesti—n
tributariaÓ tienen como objetivo que la Fiscal’a se concentre en la
investigaci—n de grandes evasores.
M‡s
alas a la Administraci—n Tributaria :Se traslada la mayor’a de los casos de fraude a la
v’a administrativa para su persecuci—n, adecuando los tipos administrativo y
penal, y facultando a la Administraci—n Tributaria para suscribir acuerdos de
intercambio internacional de informaci—n.
Acci—n
u omisi—n :
Se aclara que la defraudaci—n puede cometerse tanto por acci—n como por
omisi—n.
Nuevo
umbral :Se
propone aumentar el umbral de punibilidad a 500 salarios base. As’ se reducen
los tiempos del tr‡mite de la acci—n penal.